Gestión Tributaria del Impuesto
Debido a la delegación de las funciones de Recaudación Tributaria del Ayuntamiento de Teguise a la Red Tributaria Insular (RTI), a partir del día 20 de marzo las consultas, recursos y demás trámites se podrán realizar en las oficinas habilitadas para ello en nuestro Ayuntamiento:
Oficina RTI
Calle Santo Domingo, 2 – 35530 Teguise (Sede del Ayuntamiento)
Horario: 9.00 a 14.00
En breve se habilitarán también las oficinas centrales en Arrecife, sitas en la esquina de las calles Juan Negrín (antigua García Escámez) y Senador Rafael Stinga.
Cálculo del Impuesto
Tarifas
1. La cuota íntegra del impuesto es el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen.
El Ayuntamiento podrá agrupar en un único documento de cobro todas las cuotas relativas a un mismo sujeto pasivo cuando se trate de bienes rústicos sitos en el municipio de la imposición.
2.- El tipo de gravamen será el 0,42 por ciento cuando se trate de bienes urbanos y el 0,3 por ciento cuando se trate de bienes rústicos.
3.- El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de características especiales será el 1,3 por ciento.
4.- La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas en el artículo 6 de esta Ordenanza.
EVOLUCIÓN DEL IBI EN LOS ÚLTIMOS AÑOS
EJERCICIO | TIPO DE GRAVAMEN |
2006 | 0,63% |
2007 | 0,60% |
2008 | 0,60% |
2009 | 0,50% |
2010 | 0,50% |
2011 | 0,45% |
2012 | 0,45% |
2013 | 0,42% |
2014 | 0,42% |
2015 en adelante | 0,42% |
Documentos adjuntos